Firma de formularios de compensación laboral sin necesidad de acudir a la oficina.

Existe una norma en la Junta de Compensación Laboral que casi nadie fuera del sector conoce, y es la razón por la que un trabajador lesionado en Staten Island o Brooklyn puede presentar una reclamación, litigarla y llegar a un acuerdo sin necesidad de reunirse en la oficina de un abogado. La Junta ya no exige una firma manuscrita original en los formularios importantes. Esta medida se implementó como una solución de emergencia en marzo de 2020, cuando los abogados y los reclamantes no podían reunirse en persona. El 7 de noviembre de 2024 , la Junta la hizo permanente.

Si estás lesionado, sin trabajo y te preocupa cómo vas a llegar a la oficina, esa es la respuesta. No tienes por qué hacerlo.

¿Qué formularios ya no requieren una firma manuscrita?

La exención cubre una lista específica de formularios de la Junta. Estos son los que un trabajador lesionado tiene más probabilidades de encontrar:

  • C-3, Reclamación del empleado — el formulario en papel que abre su caso
  • OC-400, Aviso de retención y sustitución — el formulario que asigna un abogado a su caso o cambia de abogado
  • RFA-1W y RFA-1LC, Solicitud de medidas adicionales — los formularios en papel que se utilizan para que su caso vuelva a ser presentado ante un juez.
  • C-32 y C-32.1, Acuerdo de renuncia de la Sección 32 y liberación del reclamante — los documentos del acuerdo
  • C-300.5, Estipulación, y C-312.5, Conclusiones y Premios acordados — los documentos que resuelven problemas sin una audiencia completa
  • PH-16.2, Declaración de la conferencia previa a la audiencia
  • RB-89, RB-89.1, RB-89.2 y RB-89.3 — los documentos de revisión de la Junta y de la Junta en pleno
  • VDF-1, Pérdida de capacidad de ganancia salarial: Datos vocacionales
  • C-35, Solicitud de reconsideración por dificultades extremas
  • C-62, Reclamación de indemnización en caso de fallecimiento
  • VF-1, VF-3, VF-62, VAW-1, VAW-3 y VAW-62 — los formularios de bombero voluntario y trabajador de ambulancia voluntario

Lea esa lista nuevamente y observe lo que contiene. El anticipo está incluido. El formulario de reclamación está incluido. El acuerdo está incluido. No hay ningún paso en un caso de compensación laboral en Nueva York que requiera que usted esté en una habitación con su abogado sosteniendo un bolígrafo.

Cómo firmas realmente

La Junta ofrece al reclamante representado dos maneras de completar el formulario correspondiente.

La primera es una verdadera firma electrónica, que cumple con la Ley de Firmas y Registros Electrónicos del Estado de Nueva York y su reglamento, establecido en 9 NYCRR Parte 540. Se trata del conocido servicio de firma mediante clic.

La segunda opción es más sencilla y es la que la mayoría de los clientes terminan utilizando. Puede indicar su aprobación del documento a su abogado de otra manera; el ejemplo que da la Junta es un correo electrónico . Usted lee el formulario, envía un correo electrónico a su abogado para aprobarlo y así formaliza la firma del documento.

Lo que hace que esto funcione es lo que el abogado debe hacer a continuación. Su abogado presenta el formulario con una certificación en papel con membrete del bufete, identificando al bufete y su identificador ante la Junta, y certificando una de dos cosas: que usted firmó electrónicamente bajo la ESRA, o que el abogado le explicó detalladamente el contenido del documento, que usted lo entendió, que dio su aprobación y que se le informó que el formulario se presentaría ante la Junta en su nombre. En la línea de firma del formulario, el abogado escribe su nombre.

La Junta suspendió los requisitos de firma en 12 NYCRR § 300.17(d)(3) y § 300.5 haciendo uso de su autoridad bajo 12 NYCRR § 300.30.

La certificación no es una formalidad.

Vale la pena entender a qué presta su abogado su nombre, porque eso le protege.

Una declaración jurada de que usted comprendió un documento y lo aprobó es una certificación ante una agencia estatal. No se puede hacer con honestidad después de un mensaje de voz y un PDF reenviado. Alguien debe revisar el documento con usted, responder sus preguntas y asegurarse de que lo comprendió antes de que se firme la declaración. Esto es especialmente cierto en el caso de un acuerdo de renuncia según la Sección 32 , que pone fin a su caso de forma permanente y casi nunca se revoca una vez que la Junta lo aprueba.

Así que la comodidad es real, pero no es una forma de evitar la conversación. Elimina el desplazamiento, no la terapia.

Así es como se ve un caso remoto en esta firma.

Si combinamos la norma de la firma con la forma en que la Junta lleva a cabo las audiencias, el panorama está completo. Las audiencias son virtuales: usted comparece por videoconferencia, desde casa o desde un teléfono, si es lo que tiene a mano. Los formularios le llegan por correo electrónico y se devuelven de la misma manera. Su historial médico se transmite electrónicamente entre los proveedores, la aseguradora y la Junta.

Dos aspectos de nuestra forma de trabajar cobran mayor importancia una vez que desaparecen las visitas a la oficina. El mismo abogado se encarga de todas sus audiencias , en lugar de un abogado diferente cada vez, por lo que la persona que le atiende conoce su expediente. Además, Frank permanece en la oficina en lugar de asistir a las audiencias, lo que significa que cuando llame con una pregunta, siempre habrá alguien con quien hablar.

Si prefiere venir en persona, le damos la bienvenida en 1610 Richmond Road. Muchos clientes lo prefieren. Lo importante es que es su elección, no una obligación.

Lo que todavía requiere más que un correo electrónico

Hay algunas cosas que quedan fuera de esta regla, y es mejor conocerlas de antemano.

  • Exámenes médicos independientes. Cuando el transportista te envía a su propio médicoTienes que presentarte en persona.
  • Su propio tratamiento médico. Los informes de su médico tratante son los que sustentan su caso, y esas visitas son visitas reales.
  • Registro de caso electrónico. Si desea acceder directamente a su expediente electrónico y no posee una licencia de conducir del estado de Nueva York ni una identificación para no conductores, deberá imprimir, firmar y notariar el formulario de registro y enviarlo a la Junta. Centro de preguntas frecuentes Explica cómo acceder a eCase.
  • Una demanda de terceros. Si la lesión fue causada por alguien que no es su empleador, ese caso se rige por las normas judiciales, no por los formularios de la Junta, y su documentación es un tema aparte.

Preguntas frecuentes

¿Sigue vigente la norma de la firma electrónica o finalizó con la COVID-19?

Es permanente. El 7 de noviembre de 2024, la Junta anunció que la suspensión del requisito de firma original se había vuelto permanente. Ya no depende de un estado de emergencia.

¿Realmente puedo resolver mi caso por correo electrónico?

De esta forma, puede formalizar los documentos del acuerdo. Tanto el acuerdo de renuncia C-32 como la liberación del reclamante C-32.1 figuran en la lista de la Junta, por lo que su aprobación puede transmitirse electrónicamente a su abogado y archivarse con una certificación. El acuerdo en sí aún debe ser revisado y aprobado por la Junta, y esto nunca se ha podido hacer por correo electrónico.

¿Tengo que venir a contratar un abogado?

No. El Aviso de Retención OC-400 está en la lista cubierta, lo que significa que la retención se puede ejecutar de forma remota de la misma manera que cualquier otra cosa.

¿Qué ocurre si no tengo correo electrónico?

Entonces buscaremos otra solución. La norma permite que el solicitante indique su aprobación «de otra manera» y solo menciona el correo electrónico como ejemplo. Llame a la oficina y encontraremos la mejor opción para usted.

¿Firmar electrónicamente facilita que la compañía aseguradora impugne el formulario?

No. Un formulario ejecutado conforme a este procedimiento y presentado con la certificación requerida es un formulario debidamente cumplimentado. Tiene la misma validez que uno firmado con tinta.

Habla con alguien antes de firmar nada.

Ya sea que reciba el documento por correo electrónico o en persona, lo importante es que comprenda a qué se compromete. Llame al 718.701.2776 o al 800.310.5520 para una consulta gratuita. Si no puede venir a Staten Island, no se preocupe.

Esta página describe la ley de Nueva York en términos generales. No constituye asesoramiento legal sobre su caso, y su lectura no nos convierte en sus abogados.

Tramitamos reclamaciones de indemnización laboral para trabajadores lesionados en los cinco distritos de Nueva York y en todo el estado. Si no conseguimos una indemnización para usted, no cobramos.