Te lesionaste en el trabajo y alguien te dijo que los policías y bomberos no reciben indemnización laboral en esta ciudad. Eso es cierto. El problema es que la mayoría de la gente da por terminada la conversación ahí, como si ahí terminara el tema.
No lo es. En cierto modo, un miembro uniformado herido por un tercero se encuentra en una posición más ventajosa que un civil con una reclamación de indemnización ordinaria, y Nueva York cuenta con dos estatutos redactados específicamente para ello.
Primero, la parte en la que todos aciertan.
La ciudad lo deja claro: los empleados municipales están cubiertos por el seguro de compensación laboral, con la excepción de los policías uniformados, los bomberos y los trabajadores de saneamiento uniformados. Estos tres grupos quedan fuera del sistema de compensación y se rigen por el propio sistema municipal de indemnización por accidentes laborales y discapacidad.
Por eso mismo, los consejos habituales no te sirven. Casi todo lo que se escribe sobre lesiones laborales en Nueva York da por sentado que existe una reclamación de indemnización. La mayoría de los empleados municipales sí la tienen. Tú no.
En cambio, tienes el derecho a demandar a quien lo haya causado.
La Sección 11-106 de la Ley de Obligaciones Generales otorga a los agentes de policía y bomberos el derecho a interponer una demanda por lesiones o muerte ocurridas en el cumplimiento del deber, causadas directamente por "la negligencia, la omisión deliberada o la conducta intencional, deliberada o culpable de cualquier persona o entidad".
El límite radica en a quién no afecta: a nadie que no sea el empleador o compañero de trabajo de ese policía o bombero. No se puede demandar a la ciudad como empleador ni a la pareja. Todos los demás responsables de la lesión son susceptibles de ser demandados.
Esa ley existe porque, durante la mayor parte del siglo pasado, una versión de la antigua norma que aplicaba a los bomberos prohibía precisamente este tipo de demandas. La Legislatura eliminó esa prohibición. Mucha gente todavía cree que sigue vigente.
Y una segunda afirmación de que la mayoría de las personas lesionadas nunca tienen
Este es uno que vale la pena leer dos veces.
La Sección 205-e de la Ley General Municipal para los agentes de policía y la Sección 205-a para los bomberos crean una causa de acción legal separada cuando una lesión resulta de la “negligencia, omisión, negligencia intencional o culpable” de alguien al no cumplir con un estatuto, ordenanza, regla, orden o requisito.
Piensa en lo que eso implica. Un caso de negligencia común se centra en determinar si alguien actuó de manera irrazonable, lo cual es una cuestión que debe resolver el jurado y un argumento a seguir. Una demanda bajo la Sección 205-e o la Sección 205-a puede fundamentarse en una norma escrita que se infringió —una disposición del código de construcción, un requisito de seguridad contra incendios, una ley de tránsito o un reglamento administrativo— y en una relación causal entre dicha infracción y tu lesión.
Casos que serían difíciles de dirimir como negligencia pura a veces resultan sencillos cuando el acusado infringió un código. Es una herramienta de la que los civiles simplemente no disponen y que, por lo general, se deja de lado.
El saneamiento se encuentra en una posición diferente.
Los trabajadores de saneamiento uniformados quedan excluidos de la compensación laboral de la misma manera, pero los artículos 11-106, 205-e y 205-a están destinados a policías y bomberos. Un miembro uniformado del Departamento de Saneamiento de la Ciudad de Nueva York (DSNY) que resulta herido por un tercero puede presentar una demanda por negligencia ordinaria en lugar de una de esas reclamaciones legales.
Ordinario no significa débil. Significa que el caso se construye de la manera habitual y que los dos atajos legales mencionados anteriormente no forman parte del mismo.
El gravamen que no existe
En un caso típico donde un trabajador recibe una indemnización y también demanda a un tercero, la aseguradora tiene un derecho de retención sobre la indemnización y recupera lo que pagó. Es una de las conversaciones más frustrantes en este ámbito: explicarle a alguien que una parte significativa de la indemnización se destinará a la compañía de seguros.
En su caso no existe una compañía aseguradora de compensación, por lo que ese gravamen no forma parte de la situación.
Lo que conviene determinar desde el principio, en lugar de dar por sentado, es si la ciudad reclama algún derecho a recuperar los gastos médicos o la paga por servicio prestado. Es necesario plantear esta pregunta al inicio del caso, cuando la respuesta aún puede influir en las decisiones, en lugar de descubrirla al final.
Noventa días, si el demandado es una entidad pública.
Esta es la fecha límite que pone fin discretamente a estos casos.
Cuando la parte que causó su lesión es una corporación pública (otro municipio, una autoridad de transporte o vivienda, o una agencia pública que no sea su empleador), la Ley General Municipal § 50-e exige que se notifique la reclamación “dentro de los noventa días posteriores a que surja la reclamación”. No se trata del plazo de prescripción habitual para las lesiones personales. Noventa días.
Un tribunal puede prorrogar dicho plazo a su discreción, sopesando factores como si la corporación pública ya tenía conocimiento efectivo de los hechos esenciales y si la demora le causó un perjuicio real. Sin embargo, una prórroga es una solicitud que debe ganarse, no un derecho, y no puede extenderse más allá del plazo para iniciar el propio caso.
Noventa días pasan volando cuando te sometes a una cirugía. Si existe la más mínima posibilidad de que una entidad pública sea responsable de lo sucedido, ese plazo es motivo suficiente para no demorar la operación.
De dónde provienen estos casos
- Un conductor civil. Atropellado en el lugar del accidente, golpeado mientras respondía, chocado por detrás en una RMP. Casos de vehículos de motor son los más comunes con diferencia.
- Dueño de una propiedad. Una escalera derrumbada, un techo defectuoso, un hueco sin iluminación, una salida bloqueada u obstruida... y, a menudo, una disposición del código que establece que debería haber sido de otra manera.
- Una obra en construcción. Ley Laboral §§ 240 y 241 puede aplicarse a una respuesta que te lleva a una.
- Un perro, o un dueño de animal que no lo sujetaba.
- El equipo defectuoso fabricado o mantenido por alguien que no es la Ciudad.
Un aspecto a tener en cuenta en los casos de accidentes de tráfico: el umbral de lesiones graves se aplica a usted de la misma manera que se aplica a todos los demás en Nueva York.
Preguntas frecuentes
Estoy recibiendo mi salario completo. ¿Hay algún motivo para demandar?
La continuidad del salario no es la medida del costo de una lesión grave. El dolor y el sufrimiento, la pérdida permanente de funciones, el impacto en el resto de su vida laboral y en sus actividades fuera del trabajo son parte de un caso de responsabilidad civil, y ninguno de estos aspectos se cubre con el pago puntual de un salario.
¿La presentación de una demanda afecta mi solicitud de pensión?
Son procedimientos independientes con estándares distintos, y la solicitud de pensión por discapacidad es un caso aparte. Lo que comparten es un expediente: la documentación relativa al accidente en acto de servicio, el historial médico y su relato de cómo se produjo la lesión se tendrán en cuenta en ambos. La coherencia entre ellos es más importante de lo que la mayoría de la gente cree.
¿Puedo demandar a la ciudad?
No como su empleador: el § 11-106 lo establece directamente, y lo mismo aplica para un compañero de trabajo. Si la Ciudad puede ser demandada en alguna otra capacidad, como propietaria de bienes no relacionados con su empleo, es una cuestión que depende de las circunstancias específicas de cada caso, en lugar de una respuesta categórica.
Sucedió hace dos años. ¿Llego demasiado tarde?
Depende totalmente de quién sea el demandado. Contra un particular, se aplica el plazo habitual para interponer una demanda por lesiones personales. Contra una entidad pública, se aplica el preaviso de noventa días y un plazo mucho más corto para demandar. Esa diferencia es la razón por la que conviene preguntar en lugar de dar por sentado, y preguntar con rapidez.
¿Qué ocurre con las condiciones del 11 de septiembre?
Se trata de un proceso distinto, con sus propios programas y plazos de inscripción, y es importante para muchos miembros de ambos departamentos. Las reclamaciones relacionadas con el World Trade Center se gestionan por separado.
¿Que deberia llevar?
El informe de lesiones sufridas en acto de servicio, la tarjeta de asistencia o el informe del accidente (si lo hay), los nombres de todos los testigos, los nombres de todos los profesionales sanitarios que le hayan atendido y cualquier fotografía tomada en el lugar del accidente. Si hubo una infracción del código o un fallo en algún equipo, menciónelo cuanto antes; ese detalle puede cambiar el rumbo del caso.
Si usted resultó herido en el cumplimiento de su deber por otra persona
Llame al 718.701.2776 o al 800.310.5520 . La consulta es gratuita y, si una entidad pública pudiera ser responsable, el plazo de noventa días ya está en marcha.
Esta página describe la ley de Nueva York en términos generales. No constituye asesoramiento legal sobre su caso, y su lectura no nos convierte en sus abogados.