Llega una carta de la Junta de Compensación Laboral con el encabezado " Aviso de Propuesta de Decisión de Conciliación" , y la primera pregunta que se hacen la mayoría de los trabajadores lesionados es si algo ha salido mal.
Por lo general, no es así. En la mayoría de los casos, esta carta indica que su reclamación no está siendo impugnada. Sin embargo, también es un documento con un plazo de 30 días, y lo que dice sobre su salario, sus fechas de baja laboral y sus lesiones puede quedar definitivamente establecido si nadie lo revisa.
Aquí le explicamos en qué consiste el aviso, qué debe revisar antes de que transcurran los 30 días y cuándo conviene que alguien lo revise.
¿Qué es la conciliación?
La conciliación es el procedimiento informal que sigue la Junta para resolver reclamaciones sencillas sin necesidad de una audiencia. Se aplica a reclamaciones que no están siendo impugnadas por el empleador o su compañía de seguros , y en las que la duración prevista de las prestaciones es de 52 semanas o menos.
La primera condición es la parte tranquilizadora. Una reclamación que la aseguradora impugna activamente no pasa a conciliación; en su lugar, se remite a una audiencia preliminar ante un juez especializado en compensación laboral. Por lo tanto, si su expediente llegó a conciliación, la aseguradora generalmente no está cuestionando que usted se lesionó en el trabajo.
El caso es gestionado por un conciliador en lugar de un juez. El conciliador revisa el expediente, se pone en contacto con las partes para obtener la información faltante (informes médicos, datos salariales, documentación) y luego propone cómo se debe resolver la reclamación.
En qué consiste realmente la decisión propuesta.
La propuesta de resolución de conciliación detalla las conclusiones y las resoluciones: qué está dispuesta a determinar la Junta respecto a su reclamación y qué propone pagar. Se envía a todas las partes involucradas en el caso. Si cuenta con un abogado, también incluye los honorarios propuestos para su representante.
La palabra clave es la propuesta . Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de envío por correo de la Junta , cualquier parte puede presentar comentarios por escrito sobre la decisión o solicitar una reunión de las partes. Ese plazo es la razón de ser del documento. Existe para que las personas directamente afectadas por la reclamación puedan expresar su desacuerdo antes de que la cifra se convierta en definitiva.
¿Qué sucede si no haces nada?
Si nadie se opone, la decisión propuesta deja de ser una propuesta.
Para un reclamante representado, la decisión se vuelve definitiva al final de ese período y constituye un laudo de la Junta a todos los efectos. Para un reclamante no representado , existe un paso adicional: un juez de la Ley de Compensación Laboral debe revisar la decisión propuesta y aprobarla o desaprobarla antes de que entre en vigor.
Esa revisión adicional es una protección real, y vale la pena saber que la tienes. Pero entiende qué implica y qué no. Un juez que revisa tu expediente verifica que la decisión sea coherente con la información que contiene. El juez no puede saber que también trabajaste los sábados en un segundo empleo, o que te lesionaste el hombro además de la espalda y solo se registró la lesión de la espalda. Esos son los detalles que pueden llevar a una decisión errónea, algo que ninguna revisión de expedientes podrá detectar.
Qué comprobar antes de que se agoten los 30 días
Tres factores explican la mayoría de los problemas que observamos en estas decisiones.
1. El salario semanal promedio
Tu salario semanal promedio determina cada dólar en el cálculo, y suele ser la cifra que se subestima. Compáralo con lo que realmente ganaste, no solo con tu salario base. Las horas extras deben incluirse en el cálculo, al igual que los pluses por turno y las bonificaciones regulares.
El empleo simultáneo es fundamental. Si tenías un segundo trabajo al momento de la lesión, esos ingresos pueden aumentar tu salario, pero suelen omitirse, ya que el proceso no incluye preguntas sobre un empleo que tu empleador desconocía. Un salario subestimado reduce cada pago semanal y cada indemnización que se derive de él.
2. Los períodos y el grado de discapacidad
Lea las fechas. ¿Los periodos que abarca la decisión coinciden realmente con el tiempo que estuvo sin trabajo o con ingresos reducidos ? Es común que haya lagunas o fechas de finalización incorrectas, sobre todo si regresó al trabajo brevemente y luego volvió a quedarse sin empleo.
Luego, lea el porcentaje. Un grado de discapacidad que no coincida con lo que ha informado su médico tratante es motivo de preocupación, ya que ese porcentaje se multiplica por su salario para calcular lo que realmente recibe.
3. Las partes del cuerpo para las que se fundamenta la reclamación.
Este es el punto que suele causar más problemas. Verifique qué zonas de la lesión se mencionan en la sentencia. Si se lesionó la espalda y la rodilla en el mismo accidente, pero la sentencia solo reconoce la lesión de espalda, el tratamiento de la rodilla no estará cubierto por esa reclamación; y cuanto más tiempo permanezca sin ser impugnada la omisión, más difícil será añadirla.
También conviene observar si la decisión aborda la permanencia o solo el tiempo que usted estuvo ausente. Una decisión que resuelve la pérdida de salario no dice nada sobre una indemnización por pérdida de uso según el calendario establecido ni sobre una clasificación a la que aún pueda tener derecho. Si su reclamación es antigua y quedó archivada hace años, en lugar de estar en proceso de conciliación actualmente, es posible que la cuestión de la permanencia nunca se haya abordado. Consulte nuestra guía sobre si una reclamación antigua aún puede reabrirse.
Si algo anda mal
Comuníquelo por escrito dentro de los 30 días. Puede presentar comentarios por escrito sobre la decisión propuesta o solicitar una reunión de las partes con el conciliador.
Presentar una objeción no es un acto hostil ni pone en riesgo sus beneficios. Es el mecanismo en el que se basa el proceso. Si las partes no logran llegar a un acuerdo, el caso pasa al calendario de audiencias, que puede incluir una conferencia previa a la audiencia; es decir, se presenta ante un juez, que es donde corresponde resolver una disputa legítima.
Lo que no debes hacer es dejar pasar los 30 días mientras lo piensas. Reabrir una cifra ya fijada después es mucho más difícil que corregir una propuesta.
¿Necesitas un abogado para esto?
No siempre, y sería deshonesto sugerir lo contrario. Muchas resoluciones de conciliación propuestas son simplemente correctas. La reclamación no se discute, el salario es el correcto, las fechas coinciden y la lesión es la que indica la resolución. Si la comparas con tus propios registros y todo coincide, es muy probable que el asunto quede zanjado.
Vale la pena que alguien lo revise cuando:
- El salario semanal promedio parece más bajo de lo que ganabas, o tenías un segundo trabajo;
- Una parte del cuerpo que usted lesionó no se incluye en la decisión;
- Los períodos o el grado de discapacidad no coinciden con su historial médico;
- Usted tiene una discapacidad permanente y la decisión no dice nada sobre su permanencia;
- o simplemente no puedes saber si las cifras son correctas, que es la situación más común de todas.
La consulta es gratuita, y revisar la decisión propuesta comparándola con tu propia versión de los hechos es una conversación breve. Lo que sí conviene evitar es pasar los 30 días decidiendo si presentar la reclamación o no.
Preguntas frecuentes
¿La propuesta de decisión de conciliación es una buena o una mala noticia?
En general, es un buen proceso. La conciliación se aplica a reclamaciones que no son impugnadas por el empleador o la aseguradora. En caso de impugnación, la reclamación se somete a una audiencia preliminar ante un juez.
¿Cuanto tiempo tengo para responder?
Treinta días después de que la Junta envíe por correo la propuesta de decisión. Dentro de ese plazo, cualquier parte podrá presentar comentarios por escrito o solicitar una reunión de las partes.
¿Qué pasa si no respondo?
Si usted cuenta con representación legal, la decisión es definitiva y queda registrada como un laudo de la Junta. Si usted no cuenta con representación legal, un juez especializado en compensación laboral la revisará primero y la aprobará o desaprobará.
¿Un conciliador es lo mismo que un juez?
No. Un conciliador se encarga del proceso informal y propone una resolución basada en el expediente. Un juez de la Ley de Indemnización Laboral preside las audiencias y decide sobre los asuntos controvertidos. Si la conciliación no resuelve la reclamación, esta pasa al calendario de audiencias.
¿Objetar retrasará la concesión de mis prestaciones?
El plazo de 30 días sirve precisamente para plantear un problema real, y corregir un salario o añadir una parte del cuerpo lesionada en esta fase es mucho más rápido que intentar solucionarlo una vez que la decisión sea definitiva.
¿Puedo contratar a un abogado después de haber recibido la notificación?
Sí. Usted tiene derecho a un abogado de su elección en cualquier momento de una reclamación abierta, incluso después de que se haya emitido una decisión propuesta, e incluso si ya tiene una con la que no está satisfecho.
Que alguien lo lea antes de que se acabe el tiempo.
Si ha recibido una notificación de propuesta de resolución de conciliación y no está seguro de que las cifras sean correctas, una consulta gratuita le aclarará esta duda. La analizaremos comparándola con lo sucedido en su caso y le diremos claramente si parece correcta; y si lo es, esta respuesta tampoco le costará nada.
El bufete de abogados de Frank J. Dito, Jr. representa a trabajadores lesionados en reclamaciones de compensación laboral en todo Nueva York. Llame al 718.701.2776 (llamada gratuita: 800.310.5520 ) o contáctenos para programar una consulta gratuita. Las consultas son gratuitas. Si no obtenemos una compensación para usted, no cobramos.
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Si una objeción da lugar a una audiencia, nuestra página sobre lo que sucede en la audiencia de compensación laboral describe paso a paso cómo se desarrolla el día.