¿Se penaliza alguna vez a la compañía de seguros por retrasos?

Dos preguntas surgen con más frecuencia que casi cualquier otra, generalmente al mismo tiempo: ¿por qué tarda tanto esto? y ¿la compañía de seguros paga alguna consecuencia por prolongar el proceso?

La respuesta a la segunda pregunta es sí. Existen plazos y sanciones reales, varias de ellas pagaderas directamente a usted. La respuesta es más compleja, ya que las sanciones suelen ser leves y los mecanismos que agilizan un caso no constituyen sanciones en sí mismos.

Los plazos contra los que trabaja la compañía de transporte

La primera obligación se cumple pronto. El empleador o la aseguradora debe comenzar a pagar la indemnización a más tardar el decimoctavo día después de su incapacidad, o dentro de los diez días posteriores a que el empleador tenga conocimiento del accidente, lo que ocurra más tarde . Si no va a pagar, debe comunicarlo dentro de ese mismo plazo mediante una notificación de que no se está pagando la indemnización.

Esta publicación trata precisamente de no hacer ninguna de las dos cosas: ni pagar ni presentar objeciones. Un reclamo puede permanecer en esa situación durante meses sin que nadie explique el motivo.

La penalización que realmente tiene consecuencias: 20%

Una vez que se devenga la indemnización, si la aseguradora no paga una cuota dentro de los veinticinco días posteriores a su vencimiento , la ley añade un veinte por ciento a la indemnización adeudada . Ese dinero no va al estado, sino que se acumula en beneficio del trabajador lesionado y se le paga junto con la indemnización.

En un periodo prolongado de prestaciones impagadas, esta es la única sanción lo suficientemente grave como para modificar el comportamiento. No se aplica automáticamente en todos los casos —la Junta puede justificar una demora causada por circunstancias ajenas al control de la compañía aseguradora—, pero es una disposición que vale la pena conocer.

Las multas de 300 dólares

Se han establecido varias multas menores que deben pagarse al reclamante en lugar de al estado. Cada una es de $300 y se acumulan con todas las demás:

  • No presentar una notificación de controversia o no comenzar a pagar dentro del plazo establecido. La ley indica que esta sanción es “adicional a todas las demás sanciones”.
  • No notificar a la Junta que los pagos se han detenido dentro de los dieciséis días posteriores al último pago. Si sus cheques simplemente dejaron de llegar, vale la pena preguntar al respecto; consulte ¿Por qué se detienen los pagos de compensación laboral?.
  • Oponerse a un laudo sin justa causa, cuando la Junta celebra una audiencia y llega a esa conclusión.

También existe una multa de $500 si una compañía de transporte no paga según una decisión de conciliación dentro de los diez días posteriores a su firmeza. Esta multa se divide de la siguiente manera: $300 para usted y $200 para la Junta. Nuestra publicación sobre la decisión de conciliación propuesta explica cómo se aplica esto.

La penalización que no cobras

Cuando la Junta o un tribunal determine que se iniciaron o continuaron procedimientos sin fundamento razonable , podrá imponer el costo de dichos procedimientos a la parte infractora y los honorarios de los abogados al representante que los llevó a cabo.

Esta disposición se cita con frecuencia y tiene consecuencias: en un caso reciente, una aseguradora que ignoró varias audiencias fue multada con 10 000 dólares en virtud de ella. Sin embargo, si se lee la ley con atención, se observa que dichas multas se pagan a la Junta para cubrir gastos administrativos , no al trabajador lesionado. Se trata de una sanción por conducta, no de una compensación.

Conviene saberlo, para que nadie te prometa una ganancia inesperada que la ley no contemple.

¿Qué es lo que realmente hace avanzar un caso estancado?

Esta es la parte que importa más que el cuadro de penalizaciones.

Puedes solicitar una audiencia. Si el empleador tiene conocimiento de la lesión, estás incapacitado y no trabajas, tienes derecho a una indemnización, el empleador no paga, no ha impugnado la reclamación y los intentos de resolverla con la aseguradora han fracasado, puedes solicitar una audiencia. La ley establece que esta debe celebrarse dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la recepción de la solicitud por parte de la Junta. Esta es la herramienta más útil contra una aseguradora que no actúa.

Las disputas entre aseguradoras no son su problema. Si la indemnización se retiene únicamente por una disputa sobre qué aseguradora, fondo o empleador es responsable, la Junta puede ordenar que una de ellas pague la indemnización y los gastos médicos de inmediato, hasta que se resuelva el conflicto. Usted no debería financiar una disputa sobre la cobertura del seguro.

No presentarse tiene consecuencias que van más allá del dinero. Una aseguradora que no comparece en las audiencias puede verse impedida de presentar testigos y de obtener un examen médico independiente. Perder el derecho a su propio examen médico independiente supone un golpe mucho más duro para una aseguradora que una multa, ya que le priva de las pruebas con las que planeaba defenderse.

Los casos controvertidos tienen su propio plazo. Cuando se controvierte una reclamación, la Junta debe programar una conferencia previa a la audiencia lo antes posible y no más de cuarenta y cinco días después de recibir la notificación de la controversia y el informe médico. Este último punto es crucial: sin informe médico en el expediente, no se inicia el plazo. Consulte qué sucede en su audiencia.

¿Por qué los casos tardan tanto incluso cuando nadie los está retrasando?

Sería engañoso culpar a la compañía aérea de cada retraso.

Gran parte del tiempo en un caso de compensación laboral se dedica al desarrollo médico, que no se puede acelerar: esperar a que una afección se estabilice, programar un examen médico independiente, intercambiar informes y tomar declaración a médicos cuyas opiniones difieren. Otra parte se debe a cuestiones estructurales: calendarios de audiencias, aplazamientos y apelaciones. Un caso que dura un año no significa necesariamente que alguien lo haya gestionado mal.

La distinción que conviene hacer es entre un caso que avanza lentamente y uno que no avanza . El segundo tiene soluciones. El primero, en cambio, suele requerir el próximo informe médico.

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho la compensación laboral a prolongar mi tratamiento médico?

No indefinidamente. La mayoría de los tratamientos que siguen las Guías de Tratamiento Médico no requieren aprobación alguna, y cuando se requiere una solicitud de autorización previa, la aseguradora tiene un plazo fijo: ocho días hábiles para responder a una solicitud que confirme el tratamiento conforme a las Guías, y quince días calendario para una excepción, que la aseguradora puede extender a treinta solo notificando que desea un examen o una revisión de registros. El silencio después de esos plazos no es una denegación y no debe tratarse como tal. Vea cómo se aprueba el tratamiento de compensación laboral en Nueva York.

¿Qué ocurre si la compañía de seguros simplemente no responde a la solicitud de mi médico?

Incumplir el plazo es peor para la aseguradora que denegar la solicitud. Si una aseguradora no responde dentro del plazo establecido, la Junta puede emitir una Orden del Presidente autorizando el tratamiento. Dicha orden es definitiva, puede conllevar una sanción y es inapelable. Por lo tanto, una solicitud que queda sin respuesta es una de las mejores situaciones posibles, siempre y cuando alguien se dé cuenta de que la fecha límite ha pasado.

¿Existe alguna penalización para la compañía de seguros por retrasar mi cirugía?

No se trata de una multa en efectivo que se le pague específicamente por la demora en el tratamiento. Las multas descritas en esta página se aplican a la compensación tardía o impaga (sus cheques semanales), no a la demora en la autorización del tratamiento. Lo que sí puede resultar de una demora en el tratamiento es una audiencia. Una solicitud de autorización previa para un tratamiento no contemplado en las Directrices que supere los $1,000 y que el médico de la aseguradora deniegue por completo por motivos médicos se programa para una audiencia acelerada sin que nadie tenga que solicitarla. Vea qué sucede cuando la compensación laboral deniega su cirugía.

¿Cuánto tiempo puede tardar una reclamación de indemnización laboral en Nueva York antes de que tenga que tomar alguna medida?

Si está desempleado y no recibe sueldo, no tiene que esperar a que la Junta actúe por su cuenta. Puede solicitar una audiencia en un plazo de cuarenta y cinco días, siempre que cumpla con los requisitos para dicha solicitud. Cuando se impugna una reclamación, la Junta tiene la instrucción de programar una conferencia previa a la audiencia en un plazo no superior a cuarenta y cinco días a partir de la recepción de la notificación de la controversia y un informe médico; y es precisamente esta segunda parte la que suele generar confusión, ya que, sin un informe médico en el expediente, el plazo no empieza a correr. Véase la solicitud de una audiencia en 45 días.

Mi caso se ha quedado en suspenso y nadie me dice por qué. ¿Por dónde empiezo?

Empiece por el expediente, no por el teléfono. La mayoría de los casos tranquilos no se deben a retrasos por parte de nadie; se deben a la espera de un documento que nunca se presentó, un informe que nunca especificó el grado de discapacidad o una solicitud que nadie remitió. Una aseguradora no puede responder a una solicitud que nunca recibió, y un juez no puede ordenar un pago basándose en un expediente que no lo respalda. Descubra por qué la documentación de su médico es determinante en su caso de compensación laboral.

¿Las sanciones realmente hacen que la compañía de seguros actúe con mayor rapidez?

El recargo del veinte por ciento sobre la compensación impaga es lo suficientemente significativo como para tener repercusiones en cualquier período considerable de beneficios no percibidos. Las multas de 300 dólares no lo son, y es honesto decirlo. Lo que realmente cambia el comportamiento de las aseguradoras en la práctica es otro tipo de riesgo: una audiencia programada, un plazo vencido o la pérdida del derecho a un examen médico independiente. Esos son los mecanismos que vale la pena considerar, y ninguno de ellos constituye una penalización.

Si no ocurre nada con su reclamación

  • Averigüe si la afirmación fue refutada. No pagar y objetar formalmente son posturas diferentes con soluciones diferentes. Si fue denegado, consulte Reclamaciones y apelaciones denegadas.
  • Compruebe que el informe médico se encuentra realmente en el archivo. Los casos se estancan con más frecuencia debido a una denuncia por desaparición que por mala fe.
  • Anota las fechas. Cuando dejaste de trabajar, cuando el empleador se enteró de la lesión, cuando llegó y se interrumpió cada pago. Las penalizaciones se calculan a partir de las fechas.
  • Solicitar la audiencia en lugar de esperar a que se programe una.
  • Aumentar las sanciones en la audiencia. Por lo general, no se aplican por sí solas; alguien tiene que pedirlo.

Hable con un abogado de compensación laboral de Nueva York.

La mayoría de las personas tardan demasiado en preguntar si el silencio sobre su reclamación es normal. A menudo lo es. Cuando no lo es, existen soluciones, pero su aplicación es urgente.

Llame al (718) 701-2776 . La consulta es gratuita y hablará conmigo.

Ley de Compensación Laboral §§ 25(2), 25(2-a), 25(3), 114-a(3).

Tramitamos reclamaciones de indemnización laboral para trabajadores lesionados en los cinco distritos de Nueva York y en todo el estado. Si no conseguimos una indemnización para usted, no cobramos.

Nada de lo que aparece en esta página constituye asesoramiento legal sobre su reclamación. La aplicación de una sanción dependerá de las fechas y las conclusiones de cada caso particular.